Cómo llenar el formulario I-130: guía parte por parte para la petición familiar
El formulario I-130 (Petition for Alien Relative, «petición para familiar extranjero») es el primer documento de casi cualquier caso de inmigración familiar a EE. UU. Con él, un ciudadano o residente permanente establece que una persona extranjera es su cónyuge, hijo, padre o hermano. Aquí encontrará quién presenta la petición y para quién, qué documentos reunir antes, cómo llenar el formulario parte por parte, cuánto cuesta, qué pasa después de presentarlo y cuánto dura la espera en cada categoría.
Qué es el formulario I-130 y quién lo presenta
El I-130 lo presenta el familiar que está en EE. UU. (el peticionario, petitioner) en nombre del familiar extranjero (el beneficiario, beneficiary). El formulario por sí solo no otorga nada: ni visa ni estatus. Una petición aprobada significa una sola cosa: USCIS reconoció el vínculo familiar y el derecho del peticionario a presentar la petición para esa persona. A partir de ahí, el beneficiario obtiene una visa de inmigrante en un consulado o ajusta su estatus dentro de EE. UU.
Pueden presentar el I-130 un ciudadano estadounidense o un residente permanente. Cada petición cubre a un solo familiar. Si un ciudadano quiere traer a su esposa y a los hijos de ella, cada hijo necesita su propio I-130. En las categorías F es distinto: el cónyuge y los hijos del beneficiario viajan con él en la misma petición y simplemente se anotan en el formulario.
El formulario se llena únicamente en inglés; no existe una versión traducida. Los documentos en otro idioma deben acompañarse de una traducción certificada al inglés. El formulario oficial y sus instrucciones están en la página del I-130 en USCIS.
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A quién puede traer con el I-130 y cuánto espera cada categoría
La categoría depende de quién es el peticionario y qué es el beneficiario para él, y la categoría determina si hay fila de espera o no.
| Peticionario y beneficiario | Categoría | Fila (noviembre de 2026) |
|---|---|---|
| Ciudadano que presenta la petición para su cónyuge | IR-1 / CR-1 | no hay |
| Ciudadano que presenta la petición para un hijo soltero menor de 21 años | IR-2 | no hay |
| Ciudadano de 21 años o más que presenta la petición para su padre o madre | IR-5 | no hay |
| Ciudadano que presenta la petición para un hijo soltero de 21 años o más | F1 | peticiones presentadas hasta el 22 de enero de 2021 (nacidos en México: hasta el 22 de septiembre de 2008) |
| Residente permanente que presenta la petición para su cónyuge o un hijo soltero menor de 21 años | F2A | peticiones presentadas hasta el 22 de octubre de 2026 (nacidos en México: hasta el 22 de abril de 2026) |
| Residente permanente que presenta la petición para un hijo soltero de 21 años o más | F2B | peticiones presentadas hasta el 22 de agosto de 2020 (nacidos en México: hasta el 15 de mayo de 2010) |
| Ciudadano que presenta la petición para un hijo casado | F3 | peticiones presentadas hasta el 22 de octubre de 2015 (nacidos en México: hasta el 15 de julio de 2001) |
| Ciudadano de 21 años o más que presenta la petición para un hermano | F4 | peticiones presentadas hasta el 22 de octubre de 2012 (nacidos en México: hasta el 22 de abril de 2001) |
Los familiares inmediatos de ciudadanos (las tres primeras filas) no tienen cupo anual. La única espera es el tiempo que USCIS tarda en procesar los papeles. Las categorías F avanzan según el Boletín de Visas (Visa Bulletin), y la fecha de la tabla es la Final Action Date (fecha de acción final) a noviembre de 2026: la primera cifra corresponde a casi todos los países y la segunda, a los nacidos en México. La fila se cuenta por país de nacimiento, no por nacionalidad. El boletín se actualiza cada mes y las fechas se mueven, a veces hacia atrás.
Un residente permanente no puede presentar el I-130 para sus padres ni hermanos. Si se naturaliza, una petición ya presentada para un cónyuge o un hijo soltero menor de 21 años pasa automáticamente a la categoría de familiar inmediato, sin fila, y una petición para un hijo soltero de 21 años o más se convierte en F1 con la misma fecha de prioridad. La naturalización hay que informarla a USCIS o al NVC.
Encontrará más detalles sobre la visa de cónyuge en nuestro artículo sobre CR-1 e IR-1, y sobre otras categorías familiares en nuestras páginas de la visa IR y de las categorías F1, F2A, F2B, F3 y F4. Si la boda aún no se ha celebrado, el I-130 no aplica: para la visa K-1 de prometido(a) se usa el formulario I-129F.
Qué preparar antes de llenar el formulario: documentos y formulario I-130A
Reúna el paquete antes de sentarse a llenar el formulario. La mitad de las respuestas salen directamente de estos documentos.
- Estatus del peticionario. Para un ciudadano: copia del pasaporte estadounidense, acta de nacimiento de EE. UU., certificado de naturalización o certificado de ciudadanía. Para un residente permanente: copia de la tarjeta, por ambos lados.
- El vínculo familiar. Acta de matrimonio y actas de nacimiento. En el caso del padre, agregue el acta de matrimonio con la madre del hijo. En el caso de hermanos, las actas de nacimiento de ambos con un padre en común.
- Matrimonios anteriores. Actas de divorcio o de defunción de cualquier cónyuge previo, de ambas partes.
- Cambios de nombre. Si su nombre aparece de forma distinta en los documentos, adjunte el registro que lo explica (acta de matrimonio, resolución judicial).
- Un matrimonio genuino, en la petición para cónyuge. Vivienda o contrato de arrendamiento compartido, cuentas conjuntas, actas de nacimiento de los hijos en común, fotos y cartas de personas que los conocen.
- Fotos, en la petición para cónyuge. Dos fotos idénticas a color, de 2 x 2 pulgadas (5 x 5 cm), del peticionario y del cónyuge, tomadas no más de 30 días antes de presentar.
- Traducciones. Todo documento que no esté en inglés necesita una traducción completa y el certificado de exactitud del traductor.

Envíe copias. USCIS puede destruir los documentos originales enviados sin que los haya pedido. Si no existe un registro oficial, por ejemplo un acta de nacimiento, se necesita una constancia de la autoridad que lo registra confirmándolo, más evidencia secundaria.
Si la petición es para un cónyuge, junto con el I-130 se entrega el formulario I-130A, el cuestionario del cónyuge beneficiario. Incluye 5 años de domicilios, el último domicilio en el extranjero si vivió allí más de un año, los padres y 5 años de empleos. Nunca se presenta solo. No tiene tarifa aparte, y el cónyuge que vive fuera de EE. UU. no tiene que firmarlo.






Cómo llenar el formulario I-130 parte por parte
La edición vigente del I-130 y del I-130A es del 1 de abril de 2024 (04/01/24 en el formulario). USCIS no acepta ninguna otra edición, y todas las páginas deben ser de la misma. Descargue el formulario solo en uscis.gov. Tres reglas valen para todo el formulario. Si una pregunta no aplica, escriba N/A. Si la respuesta es cero, escriba None. Las fechas van en formato mm/dd/aaaa. La estatura va en pies y pulgadas, y el peso en libras.
Part 1. Relationship (Parentesco): qué es el familiar para usted
Marque una casilla: cónyuge (spouse), padre o madre (parent), hermano (sibling) o hijo (child). Si se trata de un hijo o de un padre, también hay que indicar el tipo de relación: nacido dentro o fuera del matrimonio, padrastro o madrastra, adopción.
Part 2. Information About You (Información sobre usted): los datos del peticionario
Número A (A-Number), número de cuenta en línea de USCIS (solo aplica si su número de caso alguna vez empezó con IOE) y número de Seguro Social (SSN). Todos los nombres que ha usado, incluido el apellido de soltera. Domicilio postal y todos los domicilios físicos de los últimos 5 años, empezando por el actual. Cada matrimonio con su fecha de término. Los padres. Cómo obtuvo la ciudadanía o la residencia permanente. Empleos de los últimos 5 años; si no trabajaba, escriba Unemployed.



Part 3. Biographic Information (Datos biográficos): descripción física del peticionario
Origen étnico, raza, estatura, peso, color de ojos y de cabello.
Part 4. Information About Beneficiary (Información sobre el beneficiario): los datos del familiar
Es la parte más larga. Nombres, datos de nacimiento, números, y si alguien ya presentó antes una petición para esa persona (Unknown solo se acepta si ninguno de los dos lo sabe). Domicilio, matrimonios, cónyuge e hijos. Entradas a EE. UU., número I-94 y pasaporte, aunque esté vencido. Empleo y otros procesos migratorios. Los ítems 57 y 58 piden un nombre y un domicilio en el alfabeto del idioma nativo, el único lugar del formulario donde se permite una escritura no latina.
Los ítems 61 y 62 son los más importantes. El ítem 61 indica la oficina de USCIS si el familiar está en EE. UU. y va a ajustar su estatus. El ítem 62 indica el consulado si va a obtener la visa en el extranjero. Marque exactamente uno. Si marca los dos o ninguno, USCIS decide según el domicilio del beneficiario.



Part 5. Other Information (Otra información): peticiones anteriores y simultáneas
Si ya presentó peticiones antes, para esta persona u otra persona extranjera, y cómo terminaron. Para qué familiares presenta peticiones en este momento.
Part 6. Petitioner's Statement, Contact Information, Declaration, and Signature (Declaración, datos de contacto y firma del peticionario)
Si lee inglés o necesitó un intérprete, si alguien más preparó el formulario, teléfono, correo electrónico, firma y fecha. La firma debe ser de puño y letra o hecha desde la cuenta en línea. Un nombre escrito a máquina o con sello hace que el formulario sea rechazado.



Part 7 y Part 8. Interpreter and Preparer (Intérprete y quien prepara el formulario)
Se llenan si un intérprete tradujo el formulario o si alguien más lo preparó, con sus datos y su firma. Cuando un profesional con licencia en EE. UU. lleva el caso con representación completa, se adjunta el formulario G-28.
Part 9. Additional Information (Información adicional): espacio para lo que no cupo
Aquí van las respuestas que no cupieron. Cada hoja adicional necesita su nombre, el número A, el número de página, la parte y el ítem, y una firma.



Errores comunes al llenar el formulario
Casi todos están descritos en las instrucciones de USCIS, y son justamente la razón por la que los formularios se rechazan o se retrasan.
- Campos en blanco. Si se omite N/A o None, el formulario puede ser devuelto. Si se omite la Part 1, el nombre completo, la fecha de nacimiento o el domicilio del peticionario o del beneficiario, se rechaza de inmediato.
- Páginas de ediciones distintas, o una edición vieja descargada de un sitio que no es USCIS.
- Marcar los ítems 61 y 62 a la vez, o ninguno.
- Historial incompleto de domicilios y empleos de 5 años, lagunas sin explicar, un apellido de soltera omitido.
- Matrimonios anteriores sin declarar, o sin los documentos que los cerraron.
- Hijastros de un ciudadano estadounidense en la misma petición. Cada uno necesita su propio I-130.
- Centímetros y kilogramos en lugar de pies y libras, fechas en un formato que no es el de EE. UU.
- Documentos sin traducción, o una traducción sin el certificado del traductor.
- Originales enviados en lugar de copias.
Una cosa más sobre los paquetes incompletos. Desde el 5 de agosto de 2026, USCIS puede negar una petición de inmediato, sin solicitud de evidencia, si falta un documento obligatorio. Contar con que USCIS «pida lo que falte» ya no funciona.
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Cómo presentar el I-130: en línea o por correo, y cuánto cuesta
Hay dos formas de presentarlo: en línea, desde una cuenta de USCIS (con un cuestionario paso a paso o subiendo un PDF ya llenado), o por correo a un lockbox (buzón de recepción). La dirección depende de su estado y de si presenta el I-130 junto con el I-485. Consulte la vigente en la página de direcciones de USCIS. El peticionario que vive en el extranjero envía el formulario por correo a Elgin o lo presenta en línea. Presentarlo a través de una embajada de EE. UU. solo es posible para un ciudadano que pide la petición para un familiar inmediato, y solo en circunstancias excepcionales.
| Forma de presentación | Tarifa |
|---|---|
| Por correo | US$675 |
| En línea | US$625 |
| Formulario I-130A | sin tarifa aparte |

Por correo, el pago solo se acepta con tarjeta (formulario G-1450) o con cargo directo a una cuenta bancaria de EE. UU. (G-1650). Los cheques se aceptan solo si usted cumple los requisitos de una exención según el formulario G-1651. Las tarifas siguen el cuadro de tarifas de USCIS (formulario G-1055, edición 10/16/26) a 25 de octubre de 2026.
La presentación en línea todavía no es obligatoria. Pero desde agosto de 2026 USCIS puede volverla obligatoria para formularios concretos con 60 días de aviso, así que revise la página del formulario antes de presentar. Presentar el I-130 y el I-485 en línea como un solo paquete solo está disponible para un profesional con licencia en EE. UU. o un representante acreditado. Sin él, el peticionario presenta el I-130 desde su propia cuenta y el beneficiario presenta el I-485 desde la suya, solo después de recibir el aviso de recepción.
Qué pasa después de presentarlo: aviso de recepción, estatus y solicitudes
Primero recibe un aviso de recepción, el formulario I-797C, con un número de caso de 13 caracteres: tres letras y diez dígitos. Con ese número puede consultar el estatus en Case Status Online o en su cuenta de USCIS. La fecha en que USCIS recibió una petición correctamente llenada y pagada se convierte en su fecha de prioridad. Un formulario rechazado no la recibe.
Después, USCIS puede citarlo para datos biométricos o una entrevista. En un caso basado en matrimonio hay entrevista si no hay evidencia suficiente de que el matrimonio es real, o si los documentos muestran contradicciones o indicios de fraude. Faltar a la cita biométrica puede terminar en una negativa.
Cuánto tarda la decisión. La herramienta Case Processing Times de USCIS muestra los plazos estimados vigentes. Según las estadísticas oficiales de USCIS de abril a junio de 2026, la mediana de procesamiento del I-130 para familiares inmediatos de ciudadanos fue de 13 meses, y para todas las demás categorías, de 43.3 meses, con más de 2.4 millones de peticiones pendientes. Son promedios, no una promesa para su caso. En las categorías F, a esa espera se suma la fila del Boletín de Visas.
La petición por sí sola no da ningún estatus. Si el beneficiario está en EE. UU. sin estatus legal, un I-130 presentado, e incluso aprobado, no lo protege de la deportación.
Después de la aprobación: NVC y consulado, o ajuste de estatus en EE. UU.
La aprobación llega en el formulario I-797. A dónde va el caso después depende de lo que respondió en los ítems 61 y 62.
- Familiar en el extranjero. La petición pasa al National Visa Center (NVC). Ahí se pagan US$325 por la solicitud de visa de inmigrante y US$120 por la revisión del affidavit of support I-864 (declaración jurada de patrocinio económico), se llena el formulario DS-260, se suben los documentos y se asiste a una entrevista en el consulado. Para quienes viven en México, las visas de inmigrante las atiende el Consulado General de EE. UU. en Ciudad Juárez. Una vez emitida la visa, se suma el USCIS Immigrant Fee de US$235. Si el DS-260 se bloquea después de enviarlo, nuestra guía del DS-260 explica cómo desbloquearlo.
- Familiar en EE. UU. que puede ajustar su estatus. Presenta el formulario I-485 de ajuste de estatus, si no se presentó junto con el I-130. Desde mayo de 2026, USCIS trata el ajuste de estatus de forma explícita como una decisión discrecional, así que para quien entró con una visa temporal ya no es una formalidad.
En las categorías F, el siguiente paso solo se abre cuando la fecha de prioridad llega a su turno en el Boletín de Visas. Una petición aprobada no vence por sí sola, mientras se mantengan el vínculo familiar y el estatus del peticionario. Pero si el familiar no presenta su solicitud en el plazo de un año después de que el NVC le avisa que hay visa disponible, el registro puede darse por terminado.
Los requisitos económicos se revisan en el siguiente paso, con el formulario I-864, y desde el 18 de septiembre de 2026 también bajo la nueva regla de carga pública (public charge). Del 21 de enero al 21 de agosto de 2026, el Departamento de Estado pausó la emisión de visas de inmigrante para nacionales de 75 países. Un tribunal federal anuló la pausa el 21 de agosto y el 25 de septiembre se negó a suspender ese fallo mientras el gobierno apela. La apelación sigue pendiente, así que consulte la página del Departamento de Estado antes de su entrevista.
Preguntas frecuentes sobre el formulario I-130
El I-130 se gana con precisión. Antes de enviar la petición, compare cada nombre, fecha y domicilio con sus documentos, confirme que no quedó ningún campo en blanco y guarde una copia de todo el paquete. Esas mismas respuestas se piden de nuevo en el NVC y en la entrevista. Si en el historial familiar hay matrimonios anteriores, negativas o complicaciones de estatus, resuélvalos antes de presentar. Encontrará más detalles sobre todo el camino en nuestra página de inmigración familiar.
¿Ya aprobaron la petición o se detuvo? Le decimos cuál es el siguiente paso en su caso
Si la petición es para un cónyuge, preparamos el formulario I-130 como parte de nuestra ayuda con la visa CR-1; los precios y el alcance están en esa página. Déjenos una solicitud y nos pondremos en contacto con usted en breve.
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